Contenido
Tarifas, Indicadores
Tarifas ISR
Tipo de Cambio
INPC
Recargos
Salarios Mínimos
Salarios Profesionales
UMA
UDIs
CPP
Leyes Fiscales
Comentario DOF
Resolución Miscelánea
Reformas Fiscales 2026
Preguntas y Respuestas
Casos Prácticos
Consultoria Fiscal
Cálculos Fiscales
Publicaciones Fiscales DOF
MENU
DOF
Suscribete aquí
Soporte
Software
RESOLUCION MISCELANEA 2017
Resolución Miscelanea Fiscal 2017
9. Ley de Ingresos de la Federaci�n
REGLA
DESCRIPCION
9.1.
Declaraciones de Petróleos Mexicanos, sus organismos subsidiarios y sus empresas productivas subsidiarias
9.2.
Diésel o biodiésel y sus mezclas en vehículos marinos
9.3.
Comprobantes e información requeridos por enajenación de diésel o de biodiésel y sus mezclas para agricultores
9.4.
Acreditamiento del IEPS bajo el concepto de “Crédito IEPS Diésel o biodiésel y sus mezclas sector primario”
9.5.
Acreditamiento del IEPS por adquisición de diésel o de biodiésel y sus mezclas para maquinaria y vehículos marinos
9.6.
Devolución del IEPS acreditable por enajenación de diésel o de biodiésel y sus mezclas para actividades agropecuarias y silvícolas
9.7.
Aviso para la aplicación del estímulo por adquisición de diésel o de biodiésel y sus mezclas
9.8.
Momento en que se considera se ejerce la opción del estímulo
9.9.
Carreteras o caminos para acreditamiento del estímulo
9.10.
Acreditamiento de gastos por uso de la infraestructura carretera para transportistas de carga o pasaje
9.11.
Periodicidad de intercambio de información crediticia por el SAT
9.12.
Aclaración ante el SAT de la información enviada a las Sociedades de Información Crediticia
9.13.
Ingresos de dos o más sectores
9.14.
Limitante para contribuyentes que obtengan ingresos hasta $300,000.00
9.15.
Estímulo fiscal diésel o biediésel y sus mezclas para maquinaria en general
9.16.
Requisitos para aplicar el estímulo fiscal del diésel o biodiésel y sus mezclas para maquinaria en general
9.17.
Definición de transporte privado de personas o de carga
9.18.
Opción para realizar los pagos provisionales mensuales del derecho por la utilidad compartida
Contáctanos
871 - 717 - 8700 para la República Mexicana
871 - 330 - 98 - 49
Contacto