Comentario del Diario Oficial de la Federación 2002

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VIERNES 27 DE DICIEMBRE DE 2002

(SHCP) (FACILIDADES ADMINISTRATIVAS 2002)

Se publica Segunda Resolución de Modificaciones a la Resolución de Facilidades Administrativas para los sectores de contribuyentes que en la misma se señalan para 2002.

Se reforma la regla 1.5 rubro A e inciso b) y se le adicionan los rubros E, F y G, y un penúltimo párrafo, se derogan el sexto y séptimo párrafos.

E. Manifestar ante la Administración Local de Asistencia al Contribuyente que corresponda a su domicilio fiscal mediante escrito libre, (a más tardar el 31 de diciembre de 2002) bajo protesta de decir la verdad, que cumple con los requisitos anteriormente señalados. En caso de que la autoridad en el ejercicio de sus facultades de comprobación determine el incumplimiento de esta obligación, esta facilidad quedara sin efectos.

F. Presentar en el mes de enero de 2003 ante la Administración Local de Asistencia al contribuyente que corresponda a su domicilio fiscal, respecto a todos sus integrantes de la Unión Asociación o Confederación, escrito libre conteniendo los siguientes datos: el nombre, domicilio fiscal y RFC, así como un apartado con los datos de identificación del ganado propiedad de los integrantes, incluyendo los mismos datos de los integrantes que durante el ejercicio del 2002 se dieron de baja.

G. Las agrupaciones ganaderas que opten por aplicar lo dispuesto en esta regla, estarán obligadas a presentar ante el SAT, un dictamen simplificado respecto de las operaciones que realicen por cuenta y orden de sus integrantes.

Transitorios

Primera.- La presente Resolución entrará en vigor el 28 de diciembre de 2002.

(SHCP) (ACUERDO)

Se publica Acuerdo por el que el Presidente de la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro da a conocer la determinación de la cuota de mercado a que se sujetarán las administradoras de fondos para el retiro durante el año 2003.

(SHCP) (CIRCULAR CONSAR 12-11)

Se publica Circular CONSAR 12-11, por la que se dan a conocer las Reglas generales sobre el registro de la contabilidad y elaboración y presentación de estados financieros a las que deberán sujetarse las administradoras de fondos para el retiro y las sociedades de inversión especializadas de fondos para el retiro.





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