Comentario del Diario Oficial de la Federación 1999

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JUEVES 16 DE DICIEMBRE DE 1999 (SHCP) (8ª RESOLUCION RM99)
Se publica la Octava Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 1999 que modifica a los siguientes Anexos: 1, 2, 3, 5,7 y 15.

Anexo 1.- Se modifica para dar a conocer las siguientes formas oficiales:

38 Solicitud de registro de contadores públicos y de sociedades o asociaciones de contadores públicos.
38-1 Anexo 1 de la forma 38.
38-2 Anexo 2 de la forma 38.
39 Aviso para presentar dictamen fiscal o sustitución de contador público registrado.
40 Carta de presentación del dictamen fiscal.

Todas estas formas son de libre impresión.

Anexo 2.- Contribuyentes autorizados para imprimir comprobantes y contribuyentes a los que se les revoca la misma autorización por cuatro razones: a solicitud del contribuyente, suspención de actividades, baja por no localizado y fusión.
Contribuyentes autorizados para imprimir sus propios comprobantes y contribuyentes a los que se les revoca la misma autorización por dos razones: a solicitud del contribuyente y por cambio de denominación o razón
social.
Y rectificaciones de autorizaciones anteriores.

Anexo 3.- Contribuyentes autorizados para utilizar sus propios equipos.

Anexo 5.- Se dan a conocer las cantidades actualizadas establecidas en la Ley de Ingresos de la Federación para el año 1999 en lo referente a la devolución de ISR.

Anexo 7.- Se da a conocer inscripciones, renovaciones y cancelaciones al registro de bancos, entidades de financiamiento, fondos de pensiones y jubilaciones y fondos de inversión en el extranjero, para efectos de ISR.

Anexo 15.- En materia de Impuesto sobre Tenencia o Uso de Vehículos da a conocer nuevos códigos de claves vehiculares.

( SHCP ) (ACUERDO)
Se publica el Acuerdo que modifica al Convenio de Colaboración Administrativa en Materia Fiscal Federal celebrado por la SHCP y el Estado de Puebla. Dicho Acuerdo, entre otras cosas, permite a los Estados la
comprobación del ISR, IMPAC y del IEPS, sin la revisión simultánea del IVA, permite además a los Estados resolver sobre la devolución de cantidades que le hayan sido pagadas indebidamente y resolver sobre la solicitud de devolución o compensación de las multas pagadas y que hubieran sido revocadas.





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