Comentario del Diario Oficial de la Federación 1998

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MARTES 29 DE DICIEMBRE DE 1998 (SHCP) (7ª RESOLUCION RM98)
Se publica la SEPTIMA resolución de modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 1998 y sus anexos 1, 5, 8 y 19, mediante la cual se dan a conocer las siguientes modificaciones:

REGLAS:

2.4.1.- Debe estar impreso en los comprobantes fiscales el RFC,
nombre, domicilio y teléfono del impresor, así como la fecha de
publicación en el DOF.

2.10.13.- Se dan a conocer nuevos montos (disminución en relación al
anterior) en relación con las formas 2 "declaración del ejercicio PM"
o 3 "declaración del ejercicio PM régimen simplificado", para
estar obligados a la presentación de declaraciones mensuales de pagos
provisionales a través de la transmisión electrónica de datos a partir
de la declaración del mes de enero de 1999.

2.10.21.- Deben utilizar el sistema de transferencia electrónica de
fondos a través de bancos, quienes tengan que realizar pagos de
impuestos o derechos federales cuyo monto sea igual o superior a
quinientos mil pesos, a partir del mes de febrero de 1999.

2.11.1.- Los diskettes que contienen el dictamen fiscal deberán
presentarse en cuatro tantos.

ANEXOS:

ANEXO 1.- Se dan a conocer las siguientes formas oficiales:

FMP-1 "Formulario múltiple de pago" Legal - no libre impresión.
5 "Declaración general de pago de derechos" Carta - no libre
impresión.
16 "Declaración general de pago de productos y aprovechamientos" Carta
- no libre imp.
38 "Solicitud de registro de CP" y anexos 1 y 2" Oficio - libre
impresión
39 "Aviso para presentar dictamen fiscal" Oficio - libre impresión.
40 "Carta presentación dictamen fiscal" Oficio - libre impresión.
Anexo 7 de la forma 6 "Pequeños contribuyentes" Carta - no libre
impresión.

Se da a conocer el nuevo "Sistema de Declaraciones Informativas por Medios Magnéticos" que entregará el S.A.T. a través de sus ALR's o su página de internet, y que sirve para presentar en diskette las declaraciones
informativas 26, 27, 28, 29 y 42, ampliándose el plazo al mes de marzo de 1999 dependiendo de la primera letra del RFC, cuando utilicen dicho sistema.

Se derogan los instructivos para presentar en medios magnéticos las declaraciones informativas 26, 27, 28, 29 y 42, así como la de imprentas y autoimpresores, que fueron publicados el 20 de marzo de 1998 y reformados
el 3 de julio de 1998.

ANEXO 5.- Se dan a conocer los factores de acumulación y deducción de intereses devengados para quedar como sigue:

TRIM CARGO FAVOR
1 6.36 28.29
2 32.48 59.43
3 34.53 62.74

ANEXO 8.- Se dan a conocer las siguientes tarifas:
Tarifas para el cálculo del impuesto correspondiente al ejercicio anual de 1998 de personas físicas.
Tarifa del cuarto trimestre 1998 de Régimen Simplificado.
Crédito general anual 1998.

ANEXO 19.- Se dan a conocer las siguientes tablas:
Tabla para el pago del ISR del ejercicio de 1998 de pequeños contribuyentes.
Tabla integrada por rangos para el pago del ISR del ejercicio de 1998 de pequeños contrib.





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