Comentario del Diario Oficial de la Federación 2000

Palabra Año Mes

  


VIERNES 08 DE DICIEMBRE DE 2000 ( B de M ) ( INPC )
Se publica el INPC del mes de noviembre de 2000 = 332.9910 puntos y representa un incremento del 0.86% respecto del INPC del mes octubre de 2000.

( B de M ) ( UDIS )
Se da a conocer el valor en pesos de la Unidad de Inversión, para los días 11 a 25 de diciembre de 2000

Fecha Valor (Pesos)
11-diciembre-2000 2.894759
12-diciembre-2000 2.895229
13-diciembre-2000 2.895699
14-diciembre-2000 2.896169
15-diciembre-2000 2.896640
16-diciembre-2000 2.897110
17-diciembre-2000 2.897580
18-diciembre-2000 2.898051
19-diciembre-2000 2.898522
20-diciembre-2000 2.898992
21-diciembre-2000 2.899463
22-diciembre-2000 2.899934
23-diciembre-2000 2.900405
24-diciembre-2000 2.900876
25-diciembre-2000 2.901347





LUNES 11 DE DICIEMBRE DE 2000 ( SEC ) ( ACUERDO )
Se publica el Acuerdo por el que se abroga al Acuerdo que establece Reglas de Aplicación del Decreto para el Fomento y Modernización de la Industria Manufacturera de Vehículos de Autotransporte publicado en el Diario Oficial de la Federación el 30 de noviembre de 1990; puesto que dicho Acuerdo ya cumplió con su cometido.





JUEVES 14 DE DICIEMBRE DE 2000 ( SHCP ) ( DECRETO )
Se publica el Decreto que establece las bases para el pago del aguinaldo o gratificación de fin de año correspondiente al 2000 para los servidores públicos. El monto será el equivalente a 40 días y se cubrirá en dos pagos, el primer 50% en la primera quincena de diciembre , el otro 50% en la primera quincena del mes de enero de 2001.





VIERNES 15 DE DICIEMBRE DE 2000 ( SHCP ) ( ANEXOS )
Se publican los Anexos 1, 4, 13, 17, 18, 19, 22 y 25 de la octava Resolución de modificaciones a la Resolución Miscelánea de Comercio Exterior para 2000 que contienen lo siguiente:

Anexo 1 Modifica los siguientes formatos y sus respectivos instructivos de llenado:
Pedimento
Pedimento de Importación. Parte II. Embarque parcial de mercancías
Pedimento de Exportación Parte II. Embarque parcial de mercancías


Anexo 4 Contiene cambio de horario de la aduana de San Luis Potosí

Anexo 13 Contiene la lista de los almacenes generales de depósito autorizados para prestar el servicio de depósito fiscal.

Anexo 17 Mercancías por las que no procederá el tránsito internacional por territorio nacional

Anexo 18 Datos de identificación individual de las mercancías que se indican

Anexo 22
Instructivo de llenado del pedimento.
Instructivo de llenado del pedimento de tránsito para el transbordo
Apéndice 1.- Aduana - Sección
Apéndice 2.- Claves de pedimento
Apéndice 3.- Medios de transporte
Apéndice 4.- Claves de países
Apéndice 5.- Claves de monedas
Apéndice 6.- Entidades Federativas
Apéndice 7.- Unidades de medidas
Apéndice 8.- Identificadores
Apéndice 9.- Regulaciones y restricciones no arancelarias
Apéndice 10.- Tipo de contenedores
Apéndice 11.- Claves de métodos de valoración
Apéndice 12.- Contribuciones, gravámenes y derechos
Apéndice 13.- Formas de pago
Apéndice 14.- Términos de facturación
Apéndice 15.- Destinos de mercancías
Apéndice 16.- Regímenes
Apéndice 17.- Código de barras

Anexo 25 Puntos de revisión

(SHCP ) ( AFORES )
Se hacen modificaciones a las disposiciones que señalan los días del año 2000 en los que las AFORES deberán cerrar sus puertas y suspender actividades, para señalar los siguientes:
21 de marzo, 20 y 21 de abril, 1 y 5 de mayo, 2 y 20 de noviembre, 1, 21, 22, 25, 26, 27, 28 y 29 de diciembre de 2000.

( TFCA ) ( ACUERDO )
Se publica Acuerdo del Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje, mediante el cual se fija el calendario de suspensión de labores para el año dos mil uno, que es el siguiente:
ENERO - 1
FEBRERO - 5
MARZO - 21
MAYO - 1
JULIO - 16 al 31 (primer periodo vacacional)
NOVIEMBRE - 20
DICIEMBRE - 16 al 31 (segundo periodo vacacional)

( SEGOB ) ( INDICE DOF )
Se publica el Indice del Diario Oficial de la Federación correspondiente al mes de noviembre de 2000.




LUNES 18 DE DICIEMBRE DE 2000 ( SHCP ) ( ANEXOS )
Se publica la novena Resolución de Modificaciones a la resolución Miscelánea Fiscal para 2000, que contiene los siguientes Anexos:

Anexo 1 Contiene las nuevas formas:
46 Aviso de operaciones con autofacturación
47 Aviso de operaciones con agrupaciones ganaderas con facturación por cuenta de sus integrantes
55 Declaración informativa de operaciones con partes relacionadas residentes en el extranjero
Anexo A de la forma 55 Descripción de operaciones

Se hacen adiciones a las siguientes formas:

2.- Declaración del ejercicio personas morales régimen general, las páginas 6-A y 6-B
2-A.- Declaración de consolidación, las páginas 4-A y 4-B
3.- Declaración del ejercicio personas morales régimen simplificado, las páginas 6-A y 6-B
6.- Declaración del ejercicio personas físicas, páginas 4-A y 4-B.

Se adiciona el Banco de Crédito Rural del Istmo, S.A. con la clave 729 para efectos de solicitudes de devolución y declaraciones por parte de personas físicas.


Anexo 2 Contribuyentes a los que se les otorga y a quienes se les revoca autorización para imprimir sus propios comprobantes.

Anexo 3 Contribuyentes a los que se les otorga autorización para utilizar sus propios equipos

Anexo 7 Acciones, obligaciones y otros valores que se consideran colocados entre el gran público inversionista

Anexo 11 Catálogo de claves de marcas de los productos

Anexo 14 Autorizaciones para Organizaciones asistenciales, educativas, culturales, científicas y otras.

Anexo 15 Código de claves vehiculares

Anexo 16 Instructivos de integración y formatos guía para la presentación en diskette del dictamen de estados financieros emitido por C.P. registrado, por el ejercicio de 2000 a través del SIPRED'2000, para:
- Estados Financieros general por el ejercicio de 2000
- Contribuyentes autorizados a recibir donativos
- Contribuyentes del Régimen Simplificado
- Establecimientos permanentes o bases fijas de residentes en el extranjero


Anexo 16-A Instructivos de integración y formatos guía para la presentación en diskette del dictamen de estados financieros emitido por C.P. registrado, por el ejercicio de 2000 a través del SIPRED'2000, para:
- sociedades controladoras
- Instituciones de crédito
- Instituciones de seguros y fianzas
- Uniones de crédito, almacenes generales de depósito, arrendadoras financieras y empresas de factoraje
- Casas de cambio y casas de bolsa
- Sociedades controladoras de grupos financieros
- Sociedades de inversión de capital de riesgo
- Sociedades de inversión común y de instrumentos de deuda





MARTES 19 DE DICIEMBRE DE 2000 ( SE ) ( ACUERDO )
Se publica el Acuerdo por el que se dan a conocer los días en que se suspenderán labores en la Secretaría de Economía, que son los comprendidos dentro del periodo del 21 de diciembre de 2000 hasta el 5 de enero de 2001. En ese periodo no correrán los plazos que establecen las leyes





MIERCOLES 20 DE DICIEMBRE DE 2000 ( SHCP ) ( ANEXO )
Se publican los siguientes formatos guía para la presentación en diskette del dictamen de estados financieros emitido por C.P. registrado, por el ejercicio de 2000 a través del SIPRED'2000, del Anexo 16- A :

Formato guía A.- Aplicable a las Sociedades Controladoras

Formato guía B.- Aplicable a las Instituciones de Crédito

Formato guía C.- Aplicable a las Instituciones de Seguros y Fianzas





JUEVES 21 DE DICIEMBRE DE 2000 ( SHCP ) ( ANEXO )
Se publican los siguientes formatos guía para la presentación en diskette del dictamen de estados financieros emitido por C.P. registrado, por el ejercicio de 2000 a través del SIPRED'2000, del Anexo 16- A :

Formato guía D.- Aplicable a uniones de crédito, almacenes Generales de Depósito, arrendadoras financieras y a empresas de factoraje.

Formato guía E.- Aplicable a las casas de cambio.

Formato guía F.- Aplicable a las casas de bolsa.





VIERNES 22 DE DICIEMBRE DE 2000 ( SHCP ) ( CONSAR )
Se publican las siguientes circulares CONSAR:

CONSAR 12-10, Reglas sobre el registro de la contabilidad y elaboración y presentación de estados financieros a las que deberán sujetarse las AFORES y las SIEFORES

CONSAR 44-2, Reglas para la disposición y transferencia de información y recursos depositados en las cuentas individuales de los trabajadores que no eligieron administradora de fondos para el retiro, que obtengan una resolución de negativa de pensión de conformidad con la Ley del Seguro Social 97; a las que deberán sujetarse las prestadoras de servicios y las empresas operadoras de la Base de Datos Nacional SAR.

CONSAR 49-1, Reglas sobre la asignación de cuentas individuales de trabajadores que no eligieron Administradora de Fondos para el Retiro.

( SHCP ) ( ANEXO )
Se publican los siguientes formatos guía para la presentación en diskette del dictamen de estados financieros emitido por C.P. registrado, por el ejercicio de 2000 a través del SIPRED'2000, del Anexo 16- A :

Formato guía G.- Aplicable a las sociedades controladoras de grupos financieros

Formato guía H.- Aplicable a las sociedades de inversión de capital de riesgo

Formato guía I.- Aplicable a las sociedades de inversión común y de instrumentos de deuda

( B de M ) ( INPC )
Se publica el INPC de la primera quincena de diciembre de 2000 = 335.796 puntos y representa un incremento del 0.72% respecto del INPC de la segunda quincena de noviembre.

( B de M ) ( UDIS )
Se da a conocer el valor en pesos de la Unidad de Inversión, para los días 26 de diciembre al 10 de enero de 2001
Fecha Valor (pesos)
26-diciembre-2000 2.902647
27-diciembre-2000 2.903948
28-diciembre-2000 2.905250
29-diciembre-2000 2.906552
30-diciembre-2000 2.907855
31-diciembre-2000 2.909158
1-enero-2001 2.910462
2-enero-2001 2.911766
3-enero-2001 2.913072
4-enero-2001 2.914377
5-enero-2001 2.915684
6-enero-2001 2.916990
7-enero-2001 2.918298
8-enero-2001 2.919606
9-enero-2001 2.920914
10-enero-2001 2.922224





MARTES 26 DE DICIEMBRE DE 2000 (SHCP) (AFORES)
Se publica calendario que contiene los días de suspensión de actividades de las AFORES, SIEFORES y las empresas operadoras de la base de datos nacional SAR en el año 2001, que además de los sábados y domingos son los siguientes:

Los días 1 de enero, 5 de febrero, 21 de marzo, 12 y 13 de abril, 1 y 5 de mayo, 16 de septiembre, 2 y 20 de noviembre, 25 de diciembre.

Y para la CONSAR los días 1,2,3,4 y 5 de enero, 5 de febrero, 21 de marzo, 12 y 13 de abril, 2 y 20 de noviembre y 25 de diciembre.


( B de M ) ( CPP )
Se publica el Costo Porcentual Promedio de Captación (CPP) que es de 14.39 para el mes de diciembre de 2000.




MIERCOLES 27 DE DICIEMBRE DE 2000 (SHPC) (ACUERDO)
Se publica acuerdo en el que la CONSAR da a conocer el número máximo de cuentas individuales SAR que podrá registrar cada AFORE en dos periodos, del 1 de enero al 30 de junio de 2001, y del 1 de julio al 31 de diciembre de 2001.

(CNSM) ( RESOLUCION )
Se publica Resolución del H. Consejo de Representantes de la Comisión Nacional de los Salarios Mínimos que indica la forma en que se ha dividido la República Mexicana para fines salariales; y establece los salarios
mínimos generales y profesionales que habrán de regir a partir del 1 de enero del año 2001:

Area Geográfica "A" $40.35
Area Geográfica "B" $37.95
Area Geográfica "C" $35.85

Los salarios mínimos profesionales están en lista por número de oficio, profesión y área geográfica.

También este mismo Consejo publica resolución por la que se crea la Comisión Consultiva para la Modernización del Sistema de los Salarios Mínimos. Dicha comisión realizará estudios técnicos y sugerirá modificaciones necesarias para la recuperación de los salarios mínimos.





JUEVES 28 DE DICIEMBRE DE 2000 (SE) (ACUERDO)

Acuerdo por el que el gobierno permite a las empresas que cuenten con PITEX realizar sus operaciones de comercio exterior mediante el uso de tarjetas SICEX durante más de dos años.

También se publica el Acuerdo por el que se amplía el plazo al 1 de marzo de 2001 para solicitar autorización o ampliación del Programa de Promoción Sectorial (PROSEC), para empresas que no cuenten con registro de industria maquiladora o autorización de PITEX.




VIERNES 29 DE DICIEMBRE DE 2000 ( SHCP ) ( RESOLUCION )

Se publica la Resolución de Facilidades Administrativas en el Régimen Simplificado para el ejercicio de 2001. Unicamente se prorroga hasta el 30 de junio de 2001 la vigencia de la misma Resolución para el 2000.
( SHCP ) ( RESOLUCION )

Se publica Resolución que modifica a la diversa que establece el mecanismo para garantizar el pago de contribuciones en mercancías sujetas a precios estimados por la SHCP.
( SHCP ) ( 9ª RCE 2000 )
Se publica la Novena Resolución de modificaciones a la Resolución Miscelánea de Comercio Exterior para 2000, que contiene las siguientes modificaciones:

3.2.3 Se indica que la garantía del interés fiscal será por un monto equivalente al valor promedio diario de las mercancías almacenadas durante al año inmediato anterior., para efectos de obtener autorización para manejo de mercancías.

3.5.25 Se indica que las claves declaradas en el pedimento de importación de pick ups deberán corresponder a las contenidas en los apéndices 13 y 8 del anexo 22.

3.5.28 Se elimina la opción de actualizar el impuesto de importación , ahora se determinará considerando el valor de las mercancías en moneda extranjera al tipo de cambio vigente a la fecha de pago.

3.5.30 El trámite del retorno a los Estados Unidos y Canadá de productos resultantes de transformación de mercancías no será necesario tratándose de bienes textiles.

3.7.3 Se modifican las tasas para el pago en la importación de mercancías distintas al equipaje de pasajeros originarias de Estados Unidos, Canadá, Chile, Costa Rica, Israel y Comunidad Europea.

3.7.7 Se modifican las tasas para el pago en las importaciones de mercancías por parte de empresas de mensajería,; cuando estas sean originarias de Estados Unidos, Canadá, Chile, Costa Rica, Israel y Comunidad Europea.

3.10.3 Se modifican las tasas para el pago en la importación de bebidas alcohólicas originarias de Estados Unidos, Canadá, Colombia, Venezuela, Costa Rica, Bolivia, Nicaragua y Comunidad Europea.

3.13.3 Cuando importen mercancías mediante depósito en cuentas aduaneras y se obtenga autorización de maquila o PITEX, se consideran exportadas sin necesidad de presentación física.

3.13.4 Se elimina la referencia del artículo 85 para el pago de impuestos en cuentas aduaneras.

3.13.5 Se elimina la referencia del artículo 85 para apertura de cuentas aduaneras en bancos.

3.13.7 Se elimina la referencia del artículo 85 en requisitos de las constancias de depósitos en cuentas aduaneras.

3.13.9 Se elimina la referencia del artículo 85 sobre la forma en que se declara el depósito en cuentas aduaneras.

3.13.10 Se deroga esta regla que mencionaba los requisitos para solicitar devolución de depósitos en cuentas aduaneras de desperdicios destruidos.

3.19.8 sobre la forma en que se declara el depósito en cuentas aduaneras en la destrucción de desperdicios de mercancías importadas mediante cuentas aduaneras.

3.19.24 Se deroga esta regla que mencionaba en que casos no es necesaria la constancia de exportación por pedimentos virtuales.

3.19.26 En el trámite de pedimentos consolidados por transferencias de maquiladoras , el impuesto se determinará considerando el valor de las mercancías en moneda extranjera.

3.19.29 Se adiciona para mencionar que la determinación del impuesto de importación, por mercancías transferidas por maquiladores o PITEX, solo incluirá mercancías no originarias del TLCAN.

3.25.1 Se adicionan recintos fiscalizados autorizados para realizar elaboración , transformación o reparación de mercancías.

3.28.2 Menciona que los números de identificación de candados oficiales se indicarán en el campo de observaciones en el pedimento.

5.1.5 Se modifica, la actualización de la diferencia de la proporción notificada y la real, se hará desde el momento de la transferencia, ya no desde la expedición de la constancia.

5.1.6 Se modifica para indicar que no se estará obligado a presentar información de mercancías adquiridas únicamente cuando la proporción de exportación se declare en pedimentos virtuales.

Anexo 1 Se modifica el formato " Pago de Contribuciones al Comercio Exterior (español, ingles y francés). Se derogan los formatos Constancia de exportación, Anexo de la Constancia de exportación , Declaración para movimiento en cuanta aduaneras de mercancías importadas conforme al artículo 85 de L.A.

Anexo 2 Se dan a conocer las multas y cantidades actualizadas de la Ley Aduanera al 1 de enero de 2001.

Anexo 13 Se modifica la lista de almacenes generales de depósito autorizados para prestar el servicio de depósito fiscal.

Anexo 20 Se modifica la lista de almacenes generales de depósito autorizados para colocar marbetes o precintos.

Anexo 22 Se modifica el Apéndice 8 "Identificadores"

( SHCP ) ( 10ª RM 2000 )

Se publica la 10a Resolución de modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2000, que contiene las siguientes modificaciones:

7.2.1 En materia del ISTUV se da a conocer el factor de actualización de enero de 2001= 1.0229

10.1 En materia de ISAN se da a conocer el factor de actualización de enero de 2001 = 1.0285

10.2 Se actualiza la cantidad ( 111,470 ) y el factor ( 1.0887 ) de actualización de automóviles compactos.

Anexo 2 Establecimientos autorizados para imprimir comprobantes, contribuyentes autorizados para imprimir sus propios comprobantes.

Anexo 3 Contribuyentes autorizados utilizar sus propios equipos

Anexo 7 Acciones y obligaciones y otros valores que se consideran colocados entre el gran público inversionista.

Anexo 8.- Contiene las tarifas actualizadas de ISR aplicables para el primer trimestre de 2001 y el crédito General del mismo periodo.

También contiene las tarifas anuales para el cálculo del impuesto correspondiente al ejercicio de 2000.

Anexo 15 Contiene las tarifas, precios y factores para el cálculo del Impuesto sobre tenencia o Uso de Vehículos para el primer cuatrimestre del 2001

Anexo 18 Contiene las tablas para el cálculo del impuesto a cargo de los pequeños contribuyentes, correspondiente al ejercicio 2000.

( SHCP ) ( 11ª RM 2000 )
Se publica la 11a Resolución de modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2000, que contiene la siguiente modificación:

11.2 Se modifica e indica que el acreditamiento del IEPS por adquisición de diesel aplicará al ejercicio del 2001.
( SHCP ) ( CALENDARIO )
Se da a conocer el calendario de suspensión de actividades para Instituciones de crédito, casas de bolsa, especialistas bursátiles, bolsas de valores, sociedades operadoras de sociedades de inversión, sociedades de inversión, organizaciones auxiliares de crédito, casas de cambio, sociedades financieras de objeto limitado, instituciones para el depósito de valores, instituciones calificadoras de valores y sociedades de información crediticias, que además de sábados y domingos es el siguiente:

1 de enero
5 de febrero
21 de marzo
12 y 13 de abril
1 de mayo
20 de noviembre
12 y 25 de diciembre
16 de septiembre, solo para las que abren sábados y domingos.

( SE ) ( DECRETO )
Se publican los siguientes Decretos:

Decreto por el que se abroga el Programa de Importación Temporal para servicios integrados a la Exportación, publicado el 11 de abril de 1997.

Decreto por el que se reforma y adicionan disposiciones relativas al la devolución de impuestos de importación a los exportadores, publicado el 11 de mayo de 1995.

Decreto por el que se reforma el artículo 48 del Reglamento de la Ley de Comercio Exterior.




Domingo 31 de diciembre de 2000.

PUBLICACIONES DE LA SECRETARIA DE HACIENDA Y CRÉDITO PUBLICO

Se publica la Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2001.
**********************************************************************************

En esta ley se establece un ingreso para el gobierno federal por el orden de 1,361,866.5 millones de pesos.
Se dan continuidad a los estímulos fiscales establecidos en la ley de ingresos para el 2000, y que son:
- Estímulo fiscal en el IA a contribuyentes del sector agropecuario y forestal de régimen simplificado, los contribuyentes que se dediquen al transporte aéreo y marítimo; a los almacenes generales de depósito, al régimen de pequeños contribuyentes, y a quienes tengan cuentas por cobrar derivadas de contratos con organismos descentralizados del gobierno federal.
- Continua el acreditamiento del IEPS por adquisición de diesel para consumo final a los contribuyentes de los sectores agrícola, ganadero, pesquero y minero.
- Continua el crédito fiscal en ISR por inversiones adicionales en investigación y desarrollo de tecnología.

La tasa aplicable para el 2001 será del 15% para los ingresos en servicio por préstamos a los trabajadores.

Se faculta a la SHCP a cancelar créditos incosteables menores a 2500 udis.

La tasa de recargos por prórroga será de 2.00%.

Se crea un nuevo capítulo "De la Información, la Transparencia, y la Evaluación de la Eficiencia Recaudatoria, la Fiscalización y el Endeudamiento" mediante el cual se establecen las reglas para que el Ejecutivo informe al Congreso de la Unión sobre la situación económica, las finanzas publicas y la deuda pública, de los avances en los programas de recaudación y de financiamiento, también por la vía de la SHCP se informe sobre la recaudación a contribuyentes, devoluciones de impuestos y la aplicación de multas, además la SHCP debe dar a conocer la legislación, reglamentos y disposiciones de carácter general a través de las páginas de Internet a más tardar en 24 horas posteriores a las que se haya generado la información.



Se publica el Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal del año 2001.
*****************************************************************************************************

En el mismo se establece un gasto neto total previsto por la cantidad de $1,361,886,500,000.00 y que corresponde al total de los ingresos aprobados en la ley de ingresos de la federación para el año de 2001, dividido de la siguiente manera:






























Poder Legislativo
4,398,702,424

Poder Judicial
13,803,456,746

Entes Públicos Federales
5,704,158,299

Ramos Administrativos
298,579,004,545

Ramos Generales
729,441,068,106

Entidades
414,354,154,941

Resta por concepto de subsidios y otros
-146,414,054,061



GASTO NETO TOTAL 1,361,866,500,000




Se publica el Decreto por el que se reforman Diversas Disposiciones Fiscales.
***************************************************************************************

En este Decreto se realizan modificaciones al CFF, ISR, IVA, IEPS y TFF.

Para mayores detalles SIFISCAL ha puesto a su disposición una síntesis de este Decreto en la sección "DECRETO DE REFORMA FISCAL 2001" que se incluye en la página principal de esta dirección de Internet.


* Se publica el DECRETO por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Federal de Derechos.

* Se publica el Decreto por el que se reforma la Ley de Coordinación Fiscal, para incorporar al Distrito Federal en el Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento de los Municipios.

* Se publica el DECRETO por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Aduanera.


PUBLICACIONES DE LA SECRETARIA DE ECONOMIA.

* Se publica el Decreto que reforma al diverso para el Fomento y Operación de la Industria Maquiladora de Exportación.

* Se publica el Decreto que reforma al diverso que establece Programas de Importación Temporal para Producir Artículos de Exportación.

* Se publica el Decreto por el que se crean y modifican los aranceles de la Tarifa de la Ley del Impuesto General de Exportación.

* Se publica el decreto por el que se modifican o se suprimen diversos aranceles de la Tarifa de la Ley del Impuesto General de Importación.

* Se publica el Decreto que establece diversos Programas de Promoción Sectorial.

* Se publica el Acuerdo que modifica el similar que establece la clasificación y codificación de mercancías cuya importación y exportación está sujeta al requisito de permiso previo por parte de SECOFI.






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